El derecho a la justicia gratuita y el turno de oficio
Lorena Ruiz-Huerta
Área de Justicia Podemos Madrid
La Justicia Gratuita (JG), un servicio público imprescindible en un Estado de Derecho, se encuentra amenazada por graves problemas, desde que la Comunidad de Madrid asumió las competencias sobre esta materia, en el año 2003:
1º.- El primero de esos problemas, es que la Consejería de Justicia retrasa el pago de las cantidades destinadas a sufragar el Turno de Oficio (TO), retraso que viene produciéndose de manera sistemática desde el año 2008.
2º.-El segundo, más grave aún, es que el Gobierno de la Comunidad de Madrid no sólo no paga a los letrados y letradas del TO, sino que procura desprestigiar nuestra labor para desacreditarnos ante la ciudadanía.
En una comparecencia, en el Pleno de la Asamblea de Madrid, en la que tuve oportunidad de participar como invitada, se nos reprochaba, entre otras cosas, la “desfachatez de exigir prontitud en el pago” estando la economía de España como estaba, “por culpa de Zapatero”, y siendo además nosotros “meros proveedores”. No fue fácil escuchar tan injustos agravios y mantener al mismo tiempo un comportamiento exquisitamente cívico, después de llevar -como llevábamos en aquel momento- un año entero sin cobrar por nuestro trabajo.
Las abogadas/os de oficio no somos proveedores, por más que la Justicia Gratuita (JG) necesitaría una buena provisión de humanidad y recursos por parte de la Consejería. Somos trabajadores que prestamos un servicio público, y tenemos el mismo derecho a cobrar nuestro trabajo que el que tienen, por ejemplo, los miembros del Gobierno a cobrar el suyo.
No sé si el Gobierno de la CAM sabe lo que cobramos los letrados de oficio por un procedimiento abreviado (que puede suponer dos o tres años de trabajo): poco más de ¡200 euros! Esa cantidad, por dos años de trabajo y una gran responsabilidad que asumir, es lo que considera la Consejería un “despilfarro” en el pago del TO.
Durante años, se ha acusado al Colegio de Abogados de Madrid de falta de transparencia en la gestión del TO, y de que se estarían beneficiando de este servicio personas sin derecho a la asistencia jurídica gratuita. Sin embargo, el Colegio tiene entre sus tareas la de trasladar los expedientes de JG a la Comisión Provincial, que es la que finalmente decide sobre la concesión o no de este derecho. En esos expedientes, que necesariamente resuelve la Administración autonómica, está toda la información sobre qué ciudadanos se benefician de este derecho, y las cuantías que percibimos los letrados, que son las exiguas cantidades que no han variado ni un céntimo desde el año 2003, sino sólo para reducirse en un ¡20%! en el año 2012.
Las personas que acuden al TO son de muy escasos recursos económicos: ciudadanos acosados por los desahucios, por los despidos y los ERE´s (gracias a la reforma laboral de Fátima Báñez), las víctimas de la violencia de género, los extranjeros sin papeles, o los imputados por delitos comunes que no pueden pagarse las defensas que se financian los encartados con recursos (un 55 % de los expedientes de JG son de la jurisdicción penal, según datos del Colegio de Abogados de Madrid).
Y, al igual que hiciera el Gobierno para justificar la aprobación de la Ley de Tasas -en la que los culpables de la ineficacia y lentitud de la justicia éramos los ciudadanos “porque nos gusta pleitear demasiado”- se queja también de que el volumen de personas que se acogen a este derecho a la JG ha crecido mucho desde el año 2003 y, por ende, la partida presupuestaria destinada a sufragarlo.
Ciertamente, según datos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y de la Fiscalía, el número de asuntos ingresados en los órganos judiciales madrileños se ha incrementado desde el año 2003, y está por encima de la media nacional. Pero este incremento ¿no será debido a que las violaciones continuas de derechos por parte del Gobierno, mediante recortes brutales, no deja más opción a la ciudadanía que pedir el auxilio de la justicia?
Gracias a la perversa estrategia de desacreditación de este servicio, el Gobierno del PP se ha visto “legitimado” para redactar un nuevo proyecto de Ley de Justicia Gratuita, basado en la premisa del abuso del derecho por parte de la ciudadanía y de los abogados. El nuevo proyecto recorta aún más este derecho al presumir que los ciudadanos estarían abusando del mismo, cuando pidan tres veces un abogado en un mismo año; y además, se baja el umbral de renta para acceder a la JG (sustituyendo el salario mínimo como baremo de medir la renta por el indicador IPREM). Y a los abogados, pretenden prohibirnos que continuemos litigando cuando sospechemos que el procedimiento es insostenible o tiene escasas posibilidades de éxito. Vaya, que no quieren que se repita el caso de abogados como aquél de Cataluña que consiguió la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre los desahucios, y que, de no haber sido por su espíritu “peleón” y comprometido, hubiera parecido un caso de esos llamados insostenibles.
¿Pero, qué pretende realmente el Gobierno desprestigiando así el TO y recortándolo hasta dejarlo vacío de contenido real?
Los abogados de oficio trabajamos 24 horas, todos los días del año, asistiendo a miles de ciudadanos en las comisarías, en el aeropuerto de Barajas, o en los juzgados y tribunales, asumiendo el perjuicio económico de realizar nuestro trabajo anticipando gastos varios, encajando la demora en el pago, soportando la falta de consideración en el ámbito de la Administración de Justicia y, además, un inmerecido desprestigio por parte de las autoridades de la Comunidad de Madrid.
Y si, como ha quedado suficientemente aclarado, ninguna de sus acusaciones tiene pizca de fundamento, me pregunto, entonces, cuál es la verdadera razón que ha movido a la Consejería a procurar el descrédito de quienes trabajamos en el TO.
La privatización
¿No será, por casualidad, que detrás de esta estrategia de asfixia del TO, asoma nuevamente el frenesí privatizador del Partido Popular? Porque, pese a que la Consejería de Justicia ha negado insistentemente tal intención privatizadora, hay indicios que demuestran lo contrario.
Entre ellos, la práctica erradicación del acceso a la tutela jurisdiccional de los extranjeros, a los que se deniega ese derecho al ser inmediatamente deportados desde la frontera a su país de origen, por no cumplir los requisitos, de imposible cumplimiento, previstos en el Acuerdo suscrito por la Comunidad de Madrid, de 28 de noviembre de 2008 . A cambio, la Comunidad de Madrid financia Fundaciones privadas para llevar a cabo un servicio de asesoramiento jurídico a extranjeros a través de la figura de trabajadores “probono”, es decir, trabajadores voluntarios, estudiantes o recién colegiados sin experiencia previa, deteriorando así la calidad del servicio y las condiciones laborales de quienes lo prestan.
Igualmente, la posibilidad recogida en el nuevo proyecto de Ley, que prevé que los abogados de oficio no tengan que residir en el lugar en el que prestan los servicios, abre la puerta a que los grandes despachos profesionales, que cuentan con abogados en todo el territorio, puedan hacerse con el “jugoso negocio” del TO.
También pretenden, con el nuevo módulo económico, que los profesionales de la abogacía tengamos que anticipar nuestro trabajo y dinero aunque finalmente dicho trabajo no se nos retribuya, porque a la persona a la que hemos asistido no se le reconozca, con posterioridad, el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Ante esta situación nos queda la opción de convertimos, además, en acreedores de nuestros clientes para que nos paguen por lo actuado, o la de que cuando intuyamos los Letrados/as, nada más conocer a nuestro cliente (en los calabozos de la Plaza de Castilla, por ejemplo) que no va a ser beneficiario del derecho a esa JG, nos neguemos a asistirle -puesto que ya sabemos que no vamos a cobrar nuestro trabajo- asumamos la apertura de un expediente disciplinario por parte del Juzgado.
Todas estas medidas ponen definitivamente en jaque el pilar sobre el que descansa el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos más desfavorecidos. Y es que la gestión privada del Turno de Oficio jamás podrá reemplazar la labor prestada por un servicio público independiente.
Por eso, resulta imprescindible mantener el modelo actual, gestionado por los colegios profesionales, y que el nuevo módulo económico no modifique los umbrales de renta vigentes para el ciudadano, ni establezca nuevos requisitos de acceso al derecho a la JG. Y para ello, tendrían que adoptarse las siguientes
Propuestas:
-Garantizar que el sistema de asistencia jurídica esté suficientemente financiado, como exigen los Principios y Directivas de la ONU: que disponga de recursos económicos y de personal suficiente, y que goce de autonomía presupuestaria. Algunos organismos de la ONU (como el Comité Prevención Tortura), han destacado con preocupación los numerosos ejemplos de organismos nacionales de gestión de asistencia jurídica con poco personal y escasez de recursos, señalando que un volumen de trabajo excesivo y unas tarifas por servicios muy reducidas tienen un efecto disuasorio sobre los abogados del turno de oficio.
-Establecer unos baremos económicos mínimos para todo el territorio nacional, a partir de los cuales cada Comunidad Autónoma podría tener la posibilidad de incrementarlos. No es aceptable que una Comunidad como Madrid, con el volumen y complejidad de asuntos judiciales que tramita, y siendo una de las regiones más ricas, tenga baremos muy inferiores a los de Cataluña o País Vasco.
-Dignificar las retribuciones de los abogados de oficio para asegurar el cumplimiento del mandato constitucional del art. 24 CE. Limitarse a reconocer un derecho a la JG teórico o ilusorio no es suficiente. Nos encontramos cada día ante los Tribunales con que no hay una efectiva “igualdad de armas” entre el Ministerio Fiscal y los abogados, tal y como exige la Constitución y las leyes. Y esta desventaja, que padecen finalmente los ciudadanos, se ahonda cuando sus abogados cobran 200 € por un procedimiento, a diferencia de las carísimas defensas que pueden pagarse los encartados ricos.
-Restablecer los Servicios de Orientación Jurídica (SOJ), y que estén financiados con el presupuesto de la JG. El asesoramiento a través de los SOJ, que ahora se presta con cargo al propio presupuesto del Colegio de Abogados (ICAM), ofrece un asesoramiento jurídico previo a la tramitación del expediente de justicia gratuita, que evita miles de designaciones al TO –y, por tanto, también trabajo a la Administración- ya que muchas demandas de los ciudadanos se resuelven con una consulta jurídica, o con la ayuda puntual al ciudadano en la redacción de algún escrito que no sabe formular.
Hay que incluir, además, el SOJ Penitenciario, que ha estado siempre financiado con cargo al presupuesto del ICAM, para cumplir con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que establece que la asistencia jurídica gratuita debe asegurarse siempre en los casos en que está en juego la libertad. Pero también, la JG debe contemplar la asistencia a las víctimas de violencia de género, desde el primer momento, y la vía administrativa previa. Con el restablecimiento de los SOJ y de los servicios de mediación, desmantelados por el gobierno de la CAM, se reducirá la litigiosidad, pero sin cercenar derechos fundamentales como ha hecho la Ley de Tasas.
La dotación presupuestaria de la JG implica, además de dignificar nuestros salarios, que los ciudadanos puedan acceder en condiciones de igualdad a pruebas periciales que, en nuestro sistema, solo pueden pagarse los ricos. Hacen falta equipos psicosociales en los Juzgados para acceder a esa prueba pericial básica en los procedimientos de familia y de violencia de género.
La dotación de la JG implica también contar con un servicio de intérpretes de calidad, que asegure el derecho a la tutela judicial efectiva de los extranjeros, tal y como exige la Directiva 2012/13/UE.
Pero no es aceptable pretender que sea la recaudación efectuada con la Ley de Tasas Judiciales la que sufrague el TO. La JG es un derecho constitucional y como tal debe financiarse por las administraciones públicas competentes, con el dinero obtenido conforme a un sistema de impuestos proporcional y progresivo.
Así pues, es imprescindible dotar económicamente este servicio que garantiza un derecho fundamental, velar por la calidad de su prestación, mediante la formación continua y gratuita de los abogados de oficio, garantizar la independencia de los profesionales de la abogacía respecto de los poderes del Estado y asegurar que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita sea verdaderamente plural e independiente.
Y como premisa ineludible para abordar todas estas cuestiones es necesario el diálogo, consenso y voluntad para acometer la reforma de la Justicia, reforma que no puede hacerse de espaldas a las abogadas/os, que jugamos, además, un papel esencial en el orden constitucional.